Incoterms®

¿Qué son las reglas Incoterms®?


Incoterms® son reglas creadas por la CCI (Cámara de Comercio Internacional), reconocidas internacionalmente, delimitan responsabilidades entre el comprador y vendedor y establecen cómo se asignarán los costes de las transacciones comerciales internacionales.

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INCOTERMS que comienzan con una E:

Son los de partida, es decir que el comprador se encarga de todo, el vendedor simplemente pone la mercancía a disposición.

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INCOTERMS que comienzan con una F:

Cuyo transporte principal no lo paga el vendedor, es el comprador quién tendrá que pagar.

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INCOTERMS que comienzan con una C:

Donde el transporte principal lo paga el vendedor.

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INCOTERMS que empiezan con una D:

De llegada, es decir que el comprador no se ocupa de nada, todo lo gestiona y paga el vendedor.



Los nuevos INCOTERMS 2020 entraron en vigor el 1 de enero del 2020.
Regularán los intercambios futuros entre compradores y vendedores durante la próxima década.



Incoterms

    EXW

    En fábrica (lugar convenido). Cualquier medio de transporte. El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.


    FCA

    Franco transportista (lugar convenido). Cualquier medio de transporte. El vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. El vendedor no es responsable de la descarga si esta se produce fuera de sus instalaciones.


    FAS

    Franco al costado del buque (puerto de carga convenido). Transporte por mar y vías navegables. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor es quien despacha la mercancía en aduana para la exportación.


    FOB

    Franco a bordo (puerto de carga convenido). Transporte por mar y vías navegables. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.


    CPT

    Transporte Pagado Hasta (lugar de destino convenido). El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.


    CIP

    Transporte y Seguro Pago Hasta (lugar de destino convenido). El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o daño de las mercaderías durante el transporte. El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.


    CFR

    Coste y flete (puerto de destino convenido). Transporte por mar y vías navegables. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete hasta el puerto de destino, pero los riesgos de pérdida se transmiten del vendedor al comprador una vez hecha la entrega.


    CIF

    Coste, seguro y flete (puerto de destino convenido). Transporte por mar y vías navegables. CIP para cualquier tipo de transporte. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes, el seguro y el flete hasta el puerto de destino, pero los riesgos de pérdida se transmiten del vendedor al comprador una vez hecha la entrega


    DES

    Entregada sobre buque (puerto de destino convenido). Transporte por mar y vías navegables. El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino convenido no despachada de aduana para la importación.


    DEQ

    Entregada en muelle (puerto de destino convenido). Transporte por mar y vías navegables. El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en el muelle del puerto de destino convenido no despachada de aduana para la importación.


    DDU

    Entregada derechos no pagados (lugar de destino convenido). Cualquier medio de transporte. El vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte en el lugar de destino convenido.


    DDP

    Entregada derechos pagados (lugar de destino convenido). Cualquier medio de transporte. El vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el medio de transporte sin descargar en el lugar de destino convenido, despachada para la importación.